Entre el 29 y 30 de junio, el Estado venezolano está obligado a rendir examen ante un Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). Para ello, hace unas semanas el Estado venezolano presentó un informe al respecto, pero no ofreció información sobre los derechos civiles y políticos de las personas LGBTI, y tan sólo se refirió a las pocas acciones realizadas por la Defensoría del Pueblo. En consecuencia, la Red LGBTI de Venezuela envió al Comité un informe alternativo para ser considerado durante la evaluación al Estado venezolano sobre el cumplimiento del PIDCP.
El informe de la Red LGBTI de Venezuela brinda información sobre los derechos a la no discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género, las medidas para hacerlos efectivos y el acceso a recursos para su defensa (Artículo 2); las situaciones de tortura, penas, tratos crueles, inhumanos y degradantes, y detenciones arbitrarias de personas LGTBI (Artículos 7, 9 y 10); el derecho a la personalidad jurídica de las personas trans e intersex (Artículo 16); el derecho a la libertad de expresión, la apología al odio nacional por homofobia y transfobia, y el derecho a la reunión pacífica de las personas LGBTI (Artículos 19, 20 y 21); y el derecho a la protección de parejas y familias del mismo sexo (Artículo 23.1).
Asimismo, este informe presenta una serie de recomendaciones a la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, para que éste a su vez inste al Estado venezolano a la adopción de medidas necesarias para que las personas LGBTI en Venezuela ejerzan sus derechos civiles y políticos en un ambiente real de verdadera igualdad y equidad.
ONU recomienda a Venezuela que dicte una Ley contra la Discriminación, que incluya orientación sexual e identidad de género
En cuanto al tercer informe periódico de la República Bolivariana de Venezuela sobre la aplicación del Pacto International de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cabe señalar que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, en sus recientes sesiones de los días 2 y 3 de junio de 2015, realizó las siguientes observaciones:
A pesar de las medidas legislativas adoptadas para favorecer la no-discriminación, preocupa al Comité que el Estado Parte aún no cuente con un marco legal integral de lucha contra la discriminación que incluya todos los criterios establecidos en el Pacto (art. 2 párr. 2). El Comité recomienda al Estado parte que agilice la elaboración y adopción de una legislación que garantice una protección suficiente contra la discriminación de conformidad al artículo 2 del Pacto, y que incluya todos los motivos de discriminación, incluyendo cualquier otra condición social, como orientación sexual e identidad de género. En ese sentido, el Comité señala a la atención del Estado parte su Observación general Nº 20 (2009) sobre la no discriminación y los derechos económicos, sociales y culturales.
Fuente: Fundación Reflejos de Venezuela
Artículos originales: Naciones Unidas conocerá situación de derechos humanos de LGBTI de Venezuela; ONU recomienda a Venezuela que dicte una Ley contra la Discriminación, que incluya orientación sexual e identidad de género.